Qüentas » Declaración de la renta » Las principales deducciones en la declaración de la renta en la Comunidad de Madrid
Se acerca el momento de realizar la declaración de la renta, por eso es importante que estemos atentos a todas las deducciones que podemos obtener. En este sentido, no debemos limitarnos a aceptar el borrador, ya que puede que estemos perdiendo dinero. En este post te explicamos las distintas deducciones que se aplican en la Comunidad de Madrid y los requisitos que se han de cumplir en cada una de ellas.
En líneas generales, se tiene en cuenta un porcentaje de impuestos estatales y autonómicos en función de los ingresos que hayas tenido en el último año fiscal. Por ejemplo, en esta comunidad no se deberá pagar el impuesto sobre el patrimonio (siempre y cuando el valor de tus bienes no sea superior a los dos millones de euros).
De hecho, la Comunidad de Madrid es una de las regiones de España con mayores ventajas fiscales. Para las rentas más bajas, la parte autonómica solo grava el 9 %. En cambio, para las más altas, llega al 21 % en el caso de superar los 53 407,20 euros.
A nivel autonómico, existen muchas deducciones en la declaración de la renta de la Comunidad de Madrid que has de conocer. En los siguientes apartados analizamos las principales.
Si eres menor de 35 años, podrás deducir en el IRPF el 30 % de la cantidad que destines al alquiler hasta un máximo de 1000 euros anuales. De esta forma, en el supuesto de que tengas un alquiler medio de 500 euros, podrías llegar a no pagar hasta dos mensualidades.
Adicionalmente, si tienes entre 35 y 40 años, has estado en paro y posees dos familiares a tu cargo, también podrás aplicar este tipo de desgravación.
Los gastos educativos de tus hijos son uno de los principales apartados que podrás desgravar en tu declaración. Estos corresponden a las diferentes etapas de la enseñanza obligatoria y a la Formación Profesional. Asimismo, es posible incluir la enseñanza de idiomas y los gastos del vestuario de uso escolar.
Los porcentajes son de un 5 % para el vestuario escolar, un 10 % en los gastos de enseñanza de idiomas y un 15 % para la escolaridad obligatoria. El importe máximo desgravable es de 400 euros, los cuales pueden ampliarse hasta los 900 si has de satisfacer gastos escolares.
Recuerda que no se deben superar los 30 000 euros anuales de renta por cada miembro familiar con gastos educativos. Es decir, si tienes dos hijos y percibes 60 000 euros o más, no podrás acceder a esta clase de ayuda.
La contratación de personal de cuidado para hijos que sean menores de tres años también se puede desgravar en la Comunidad de Madrid. De esta forma, se ayuda a combatir a la economía sumergida. En este caso, podrás deducir un 20 % de las cotizaciones a la Seguridad Social hasta un máximo de 400 euros anuales.
Si eres familia numerosa, podrás alcanzar hasta un 30 % en la cotización, así como un límite anual de 500 euros. Al igual que ocurre con los gastos educativos, no tendrás acceso en el caso de cobrar 30 000 euros o más por cada miembro familiar menor de tres años.
Podrás deducir 1000 euros en el pago de IRPF si eres menor de de 35 años y te decides a emprender tu propia actividad profesional.
En este sentido, el requisito que deberás cumplir es que tu empresa o la actividad profesional que hayas desarrollado siga en marcha, al menos, durante un año más.
Has de saber que la baja natalidad ha llevado a la Comunidad de Madrid a aplicar beneficios fiscales por el nacimiento o la adopción de hijos. De este modo, por cada hijo que nazca o adoptes podrás desgravar hasta 600 euros en la declaración de IRPF en los dos próximos ejercicios fiscales.
Los límites, sin embargo, están en los 30 000 euros de renta en el caso de declaración individual o 36 200 en la declaración conjunta. Además, la suma de las bases imponibles de todos los miembros de la unidad familiar no puede superar los 60 000 euros anuales.
Si adoptas a un niño de otro país, tendrás acceso a una deducción fiscal de 600 euros anuales extra que te permitirán paliar todos los gastos que conlleve traer al menor a la Comunidad de Madrid desde su lugar de origen.
En el supuesto de ser una familia de acogida, la Comunidad de Madrid también cuenta con importantes deducciones fiscales. Para el primer menor acogido, en la declaración podrás desgravar 600 euros.
Como es lógico, esta cantidad se incrementa si se trata de más niños. Si son dos, el importe disponible es de 750 euros y, a partir del tercero, sube hasta los 900 euros.
Al mismo tiempo, si conviven contigo personas mayores de 65 años que no tengan ningún tipo de parentesco contigo, así como personas con discapacidad, puedes deducir hasta 1500 euros anuales en tu declaración.
Sin embargo, otro de los requisitos, además de no ser parientes tuyos, es que no reciban ningún tipo de ayuda por parte de la Comunidad de Madrid.
Por último, si tienes dos o más hijos y en tu declaración individual o conjunta percibes menos de 24 000 euros al año, podrás desgravar el 10 % de la cuota autonómica que tengas que pagar.
En conclusión, la declaración de la renta es uno de los trámites principales que has de presentar cada año en la Agencia Tributaria. Como has podido comprobar en este artículo, hay un gran número de deducciones autonómicas que pueden ayudarnos a no pagar más de lo que nos corresponda.
Si necesitas ayuda con tu declaración de la renta, no dudes en ponerte en contacto con nosotros.
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