Renta 2022: deducciones de la renta en Castilla y León

Renta 2022: deducciones de la renta en Castilla y León

Estamos ya inmersos en la campaña de renta 2022. Y seguramente, ya tienes tu borrador. ¿Has comprobado qué deducciones autonómicas de Castilla y León puedes aplicarte en la declaración?

Te las contamos aquí, cuáles son y qué requisitos debes cumplir para poder aplicarte las deducciones en IRPF, sin dejarte ninguna.

Deducciones en la declaración de la renta de Castilla y León

En función de los ingresos obtenidos en 2022, se te aplicará un porcentaje como tasa impositiva, tanto en los impuestos estatales como en los autonómicos.

A nivel autonómico, en Castilla y León este año se ha reducido el tipo impositivo, pasando en su primer tramo del 9,5% al 9%, lo que supone una bajada del 5,3%.

Pero además hay numerosas deducciones fiscales aplicables a la declaración de la renta 2022 si tributas en Castilla y León.

Deducción por adquisición de vivienda habitual de nueva construcción

Es una de las deducciones de IRPF más comunes y aplicable tanto para el año de la compra como para los cuatro siguientes. El importe es del 7,5 % de las cantidades pagadas, siendo la base máxima de la deducción 9.040 euros por año.

Deducción por fomento de la movilidad sostenible

Puedes aplicarte la deducción si has comprado para tu uso particular un vehículo eléctrico puro o híbrido. Además, debes conservarlo un mínimo de cuatro años y su precio no puede ser mayor de 40.000€.

La deducción es de un 15 % del precio pagado con un límite de 4.000 euros.

Deducción por familia numerosa

Por familia numerosa, se pueden deducir 500€ de modo general o 1.000€ si un miembro tiene una discapacidad igual o superior al 65%.

Esta deducción se incrementa en 820 € por cada hijo, desde el cuarto en adelante.

Como requisito, la base imponible total menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 18.900€ en tributación individual o los 30.500€ en tributación conjunta.

Deducción por nacimiento o adopción

Se pueden deducir 1.010€ si es el primer hijo, 1.475€ si es el segundo y 2.351€ por el tercero y siguientes, con los mismos límites económicos que en el caso anterior.

Y pueden aumentar en estos casos:

  • Si resides en un municipio de menos de 5.000 habitantes, estos importes serán mayores: 1.420€ si es el primero, 2.070€ si es el segundo y 3.300 si es el tercero o siguientes.
  • Si el hijo tiene una discapacidad igual o superior al 33%, todas estas cantidades se duplican
  • Si se trata de nacimientos o adopciones múltiples, estos importes se incrementan en un 50% en caso de 2 hijos y en un 100% en caso de 3 ó más. Y, además, se pueden deducir 901€ en los 2 años siguientes al nacimiento o adopción.

Deducción por gastos de adopción

Con el mismo límite económico indicado anteriormente (18.900€ o 30.500€) podrás deducir 784€ por cada adopción o 3.625€ en caso de adopción internacional.

Por cuidado de hijos

Con los mismos límites económicos anteriores, si tu hijo/s tiene menos de 4 años y ambos padres trabajáis, podéis deduciros un 30% del coste de la persona cuidadora (quien deberá estar dada de alta en la Seguridad Social), con un límite de 322€.

En caso de llevarle a una guardería, se puede deducir el 100% de los gastos de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación, hasta un tope de 1.320€.

Por cuotas a la seguridad social de empleados del hogar

Si tienes algún hijo menor de 4 años, puedes deducir el 15% de las cuotas de la seguridad social del empleado doméstico, con un límite de 300€, con los mismos límites económicos anteriores.

Por discapacidad del contribuyente

La deducción es de 300€ en caso de mayores de 65 años y grado de discapacidad del 33% o más, y 656€ si la discapacidad es igual o superior al 65%.

En caso de menores de 65 años, el importe ese de 300€, si la discapacidad es igual o superior al 65%.

Por alquiler de vivienda habitual para jóvenes

Si tienes menos de 36 años, y con los límites económicos anteriormente marcados (18.900€ o 30.500€) podrás deducirte el 20% del importe del alquiler, hasta un tope de 459€.

Esta deducción se incrementa hasta el 25%, con un tope de 612€, si la vivienda está un un municipio de menos de 10.000 habitantes, o de menos de 3.000 habitantes si está a menos de 30km de la capital de provincia.

Por adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales

15% de los importes satisfechos, sea adquisición, rehabilitación o construcción de vivienda habitual, con un tope de 1.356€

Requisitos: mismos límites económicos anteriores, tener menos de 36 años, residir en Castilla y León, que sea tu primera vivienda habitual y que esté en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia.

Por inversión en instalaciones medioambientales o por adaptación a personas con discapacidad en vivienda habitual

Podrás deducir un 15% de la inversión, pero la base máxima serán las cantidades satisfechas hasta un tope de 20.000€.

Por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales

Si el municipio es de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia, podrás aplicar un 15% sobre el importe invertido., hasta un tope de 20.000€ de inversión.

Para el fomento del emprendimiento

Puedes beneficiarte si has comprado participaciones en una empresa de Castilla y León y las mantienes durante al menos 3 años, siendo la participación de entre el 0,5% y el 45% de su capital social.

Se puede deducir un 20% de las cantidades invertidas, con un importe máximo de 10.000€.

Por cantidades donadas a fundaciones y para recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de la comunidad autónoma

Con los límites económicos antes indicados (18.900€ y 30.500€), podrás deducirte un 15% de las cantidades donadas.

Por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de Castilla y León

Podrás deducirte un 15% de las cantidades donadas, con los límites económicos antes indicados (18.900€ y 30.500€)

Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación

Igualmente, la deducción es del 15% de las cantidades donadas.

Como límite, esta deducción junto con las 2 anteriores, no podrán superar el 10% de la base liquidable.

¿Tienes dudas? ¿Te agobia pensar en hacer tu declaración de renta 2022? Llámanos. Somos asesores contables y fiscales especializados en empresas y autónomos.

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Foto de Fernando Santander en Unsplash

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Zaida Berdión
Departamento Fiscal y Contable de Qüentas. Responsable de Qüentas.
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