RENTA 2025: DEDUCCIONES AUTONÓMICAS DE CASTILLA Y LEÓN

Si ya tienes tu borrador de la declaración de la renta 2025, te conviene revisar las deducciones autonómicas de Castilla y León, para no olvidarte de aplicar aquellas que te correspondan.
Recuerda que tu borrador generalmente no incluye todas las deducciones autonómicas, por lo que te conviene comprobar una a una si son aplicables a tu declaración de la renta.
Deducciones en la declaración de la renta 2025 de Castilla y León
En Castilla y León hay numerosas deducciones fiscales aplicables a la declaración de la renta en función de aspectos familiares, de apoyo al acceso a la vivienda, a los jóvenes y al medio rural, apoyo al emprendimiento y a la investigación e innovación o para proteger el patrimonio cultural y natural de Castilla y León. Te las detallamos a continuación.
Deducciones en apoyo a la familia y la natalidad:
Estas deducciones pretenden ayudar a las familias según sus circunstancias y apoyar la natalidad. De modo general, si las deducciones de este apartado se aplican a dos contribuyentes, los importes se prorratearán entre ellos en partes iguales en caso de tributación individual.
Deducción por familia numerosa
La deducción por familia numerosa es de 600 euros con carácter general. Pero puede ser mayor: 1.500 euros si es una familia con cuatro hijos y 2.500 euros si son cinco hijos.
En caso de tener más descendientes, se incrementa la deducción en 1.000 euros por cada uno adicional.
Adicionalmente, si uno de los cónyuges o descendientes tiene una discapacidad igual o superior al 65%, el importe de la deducción de incrementa en 600 euros.
Deducción por nacimiento o adopción
Por cada hijo nacido o adoptado, la deducción aplicable es de 1.010€ si es el primer hijo, 1.475€ si es el segundo y 2.351€ por el tercero o siguientes.
Estos importes pueden aumentar en estos casos:
- Si vives en un municipio de menos de 5.000 habitantes: los importes serán de 1.420 euros si es el primero, 2.070 euros si es el segundo y 3.300 eurossi es el tercer hijo o siguientes.
- Las deducciones por nacimiento o adopción indicadas se duplican en caso de un hijo nacido o adoptado con una discapacidad igual o superior al 33%.
- En caso de nacimientos o adopciones múltiples, estos importes se incrementan en un 50% en caso de 2 hijos y en un 100% en caso de 3 o más. Adicionalmente se pueden deducir 901 euros en los 2 años siguientes al nacimiento o adopción.
Deducción por gastos de adopción
En caso de adopción, se puede aplicar una deducción de 784 euros por cada adopción realizada en 2025, o 3.625 euros en caso de que sea una adopción internacional.
Por cuidado de hijos menores de 4 años
Si por motivos de trabajo los padres tenéis que dejar a los hijos menores de 4 años a cargo de una persona cuidadora, podéis deduciros un 30% de los importes pagados en 2025 a la persona contratada (quien deberá estar dada de alta en la Seguridad Social), con un límite de 322 euros.
En caso de llevarle a una guardería, se puede deducir el 100% de los gastos de preinscripción, matrícula, asistencia y alimentación, hasta un tope de 1.320 euros.
Como requisito, la base imponible total menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 18.900 euros en tributación individual o los 31.500 euros en tributación conjunta.
Por discapacidad del contribuyente
Si el contribuyente es menor de 65 años, el importe es de 300 euros por cada contribuyente, si la discapacidad es igual o superior al 65%.
Si el contribuyente es mayor de 65 años, la deducción es de 300 euros por cada contribuyente con grado de discapacidad del 33% o más. Y el importe se incrementa a 656 euros si la discapacidad es igual o superior al 65%.
Como requisitos, la base imponible total menos el mínimo personal y familiar no puede superar los 18.900 euros en tributación individual o los 31.500 euros en tributación conjunta y el contribuyente no es usuario de residencias públicas o concertadas de Castilla y León.
Deducciones en apoyo al acceso a vivienda, a los jóvenes y al medio rural
Por adquisición de vivienda de nueva construcción
Si compras una vivienda nueva para residencia habitual, puedes aplicar una deducción del 7,5% de los importes pagados durante 2025, con una base máxima de la deducción de 9.040 euros.
Como requisitos: el contribuyente debe residir en Castilla y León; la vivienda comprada deberá estar en Castilla y León, ser de nueva construcción, ser su residencia habitual y ser su primera vivienda.
Los importes a deducir son: las cantidades pagadas, incluyendo los gastos de adquisición y la amortización e intereses de préstamos hipotecarios para comprar la vivienda.
Es aplicable en el año en que pagues el primer importe de la compra, más los 4 años siguientes.
Por adquisición o rehabilitación de vivienda por jóvenes en núcleos rurales
Se podrá aplicar una deducción del 15% de los importes satisfechos, sea adquisición, rehabilitación o construcción de vivienda habitual.
Los importes a deducir son: las cantidades pagadas para la compra o rehabilitación de la vivienda, incluyendo los gastos de adquisición y la amortización e intereses de préstamos hipotecarios para comprar la vivienda. La base máxima de esta deducción será de 10.000 euros anuales, por lo que la deducción tendrá un tope de 1.500 euros.
Requisitos: tener menos de 36 años, residir en Castilla y León, que sea tu primera vivienda habitual y que esté en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia.
Además, el valor de la vivienda deberá ser menor a 150.000 euros; deberá ser de nueva construcción o rehabilitación y la compra o rehabilitación se habrá realizado a partir del 1 de enero de 2023.
Para aplicar esta deducción, se consideran los mismos límites económicos anteriores (18.900 euros y 31.500 euros en la base imponible total, según sea tributación individual o conjunta respectivamente).
Por inversión en rehabilitación de viviendas destinadas a alquiler en núcleos rurales
Podrás aplicar un 15% sobre el importe invertido, hasta un tope de 20.000 euros de inversión, si rehabilitas una vivienda destinada a alquiler en un municipio de menos de 10.000 habitantes o de menos de 3.000 si dista menos de 30 km de la capital de provincia.
Los requisitos que se deben cumplir son: el valor de la vivienda deberá ser menor de 150.000 euros, la vivienda deberá estar alquilada durante los 5 años siguientes (sin poder ser el cónyuge, descendientes o familiares los inquilinos) y en caso de no estarlo, deberá estar ofertada para alquilar; y además el alquiler no podrá ser superior a 300 euros.
Deducción por alquiler de vivienda habitual por jóvenes
Si tienes menos de 36 años, y con los límites económicos anteriormente marcados (18.900 euros o 31.500 euros) podrás deducirte el 20% del importe del alquiler, hasta un tope de 459€.
Esta deducción se incrementa hasta el 25%, con un tope de 612 euros, si la vivienda está un municipio de menos de 10.000 habitantes, o de menos de 3.000 habitantes si está a menos de 30km de la capital de provincia.
Esta deducción se aplica exclusivamente al titular o titulares del contrato de alquiler. Por tanto, no podrá aplicárselas el cónyuge si no figura en el contrato (incluso si tienen sociedad de gananciales), por no ser el arrendatario.
Deducciones en apoyo a la sostenibilidad energética
Deducción por fomento de la movilidad sostenible
Es aplicable una deducción del 15%, con un límite de 4.000 euros, de las cantidades destinadas a la compra para tu uso particular un vehículo eléctrico puro, con autonomía extendida o híbrido enchufable. Además, debes conservarlo un mínimo de cuatro años y su precio no puede ser mayor de 40.000 euros.
Por rehabilitación subvencionada en los planes estatales o autonómicos, destinada a la mejora de la eficiencia energética, la sostenibilidad y la adecuación a la discapacidad de la vivienda habitual
Se puede aplicar una deducción del 15% de la inversión realizada, para un máximo de 20.000 euros invertidos, siempre que se trate de la vivienda habitual y que se contemple en los planes estatales o autonómicos, que incluyen:
- Instalación de paneles solares para producir agua caliente sanitaria
- Mejora de instalaciones térmicas, para aumentar su eficiencia energética o uso de energías renovables
- Mejora de instalaciones que favorezcan el ahorro de agua
- Adecuación para accesibilidad de personas con discapacidad
Deducciones en apoyo al emprendimiento
Para el fomento del emprendimiento
Se puede deducir un 20% de las cantidades invertidas en la compra de acciones o participaciones en la creación o ampliación de capital de sociedades mercantiles de Castilla y León, con un importe máximo de 10.000 euros.
Requisitos: puedes beneficiarte de esta deducción si has comprado participaciones en una empresa de nueva creación o en ampliación de capital de Castilla y León y las mantienes durante al menos 3 años, siendo la participación de entre el 0,5% y el 45% de su capital social. Además, la sociedad de la que se compran las acciones deberá haber incrementado su plantilla (sea de trabajadores por cuenta ajena, de trabajadores autónomos dependientes o familiares colaboradores) y mantener esa plantilla al menos 3 años, y la financiación recibida la deben destinar a proyectos de inversión en Castilla y León.
Deducciones para proteger el patrimonio cultural y natural
Por cantidades donadas a fundaciones y para recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de Castilla y León
Si has hecho donaciones, podrás deducirte el 15% del importe donado siempre que la finalidad sea:
- Rehabilitar o conservar bienes del Patrimonio Histórico Español o del Patrimonio cultural de Castilla y León, siendo la donación a favor de administraciones públicas, de la Iglesia Católica y otras iglesias con acuerdos con el Estado, o de fundaciones con finalidad de restauración del patrimonio histórico
- Recuperar, conservar o mejorar espacios naturales de la Red Natura 2000 ubicados en Castilla y León
- Fines culturales, asistenciales o ecológicos de fundaciones inscritas en el Registro de Castilla y León.
Como requisito: la base imponible total menos el mínimo personal y familiar no puedes superar los 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en caso de tributación conjunta.
Deducción por cantidades invertidas en la recuperación del patrimonio histórico, cultural y natural de Castilla y León
Podrás deducirte un 15% de las cantidades invertidas, con los límites económicos antes indicados de 18.900 euros y 31.500 euros según sea tributación individual o conjunta.
Las cantidades invertidas por los titulares de bienes inmuebles o bienes naturales deberán destinarse a restaurar o rehabilitar bienes inmuebles incluidos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural, o bien a bienes naturales ubicados en Espacios Naturales e integrados en la Red Natura 2000, en Castilla y León.
Deducciones para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación (I+D+i)
Por cantidades donadas para el fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación
Esta deducción es del 15% de las cantidades donadas a Universidades públicas o a fundaciones e instituciones para la investigación e innovación empresarial, en Castilla y León.
Como límite, esta deducción junto con las 2 anteriores, no podrán superar el 10% de la base liquidable.
Como ves, existen múltiples deducciones aplicables en Castilla y León. Per para su correcta aplicación, es necesario conocerlas bien y asegurarse de cumplir los requisitos exigidos para cada una de ellas.
Si tienes dudas y necesitas ayuda para hacer tu declaración, contáctanos. Somos asesores contables y fiscales especializados en pymes y autónomos.
Puedes contactarnos:
- en el correo info@quentas.es
- por teléfono
Actualizado Mayo 2025
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