Las Retenciones de IRPF.

Las Retenciones de IRPF.

Las retenciones, son cantidades que el pagador de determinadas rentas, resta al contribuyente para ingresarlas en la Administración tributaria como anticipo de la cuota de un impuesto, que el contribuyente tiene que pagar.
Para que nos hagamos una idea, es una cantidad que el pagador ingresa por ti en Hacienda, a cuenta de un impuesto que vas a tener que pagar.
Las retenciones más comunes, son las retenciones del trabajo, las retenciones del capital mobiliario, retenciones por arrendamiento de bienes inmuebles y las retenciones derivadas de las actividades económicas. Nos centraremos en estas últimas.
En primer lugar, no todos los autónomos están obligados a retener.

Eso va a estar marcado por el epígrafe en el que estés dado de alta. Si tu epígrafe es empresarial, tus facturas serán sin retención y serás tú, quien trimestralmente tengas que hacer los ingresos a cuenta del IRPF. Los epígrafes empresariales son los que están en la sección primera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
En cambio, los autónomos profesionales, es decir, aquellos que están dados de alta en epígrafes profesionales, por norma general,  están obligados a realizar sus facturas con retención. Los epígrafes profesionales se encuentran en la sección segunda y tercera del Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
Es importante, tener en cuenta que cuando se facture a un particular, la factura no llevará retención, solo llevarán retención las facturas a empresas, ya sean autónomo o sociedades.

Tipos de Retenciones

  • Tipo general: Por norma general, la retención será del 21% hasta diciembre de 2014. En enero de 2015, está previsto que la retención baje al 20% y al 19% en el 2016.
  • Los nuevos autónomos, se podrán aplicar una retención del 9% durante el año de actividad y los dos siguientes. Para poder aplicar este tipo de retención, no se pueden haber realizado actividades profesionales durante los 12 meses anteriores al alta.
  • Desde julio de 2014, los autónomo con rendimientos inferiores a 15.000€ anuales, podrán aplicarse una retención del 15%
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Las Retenciones de IRPF.
Zaida Berdión
Departamento Fiscal y Contable de Qüentas. Responsable de Qüentas.
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